Existen múltiples métodos para obtener la nacionalidad de España, entre los cuales se encuentra por 'Posesión de Estado', aunque es el menos frecuente de todos.

Lo anterior, según portales informativos, pasa debido a que la existencia de este mecanismo suele pasar por desapercibida o porque solo corresponde a casos concretos.

Sin embargo, el procedimiento para adquirir la nacionalidad española por Posesión de Estado está establecido en el Código Civil de este país europeo.

Esta ley precisa que las personas que han vivido como españolas podrán obtener la ciudadanía a través de este método.

Precisamente, el mecanismo corresponde a aquellos residentes en España que fueron registrados erróneamente como ciudadanos de dicho país y que hayan utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada y de buena fe (sin tener conocimiento de que no es española en realidad).

Así puedes adquirir la nacionalidad española en 2025

Las personas que busquen aplicar a la nacionalidad española por posesión de estado tendrán que presentar un expediente con valor de simple presunción en el Registro Civil más cercano a su domicilio.

Es en ese lugar se llevará a cabo la tramitación y resolución del interesado.

Para ello, la persona deberá cumplir con los siguientes requisitos indispensables:

  • El título de adquisición de la nacionalidad de España debe estar inscrito en el Registro Civil.
  • Tiene que haber mantenido la nacionalidad española de forma continua durante al menos diez años.
  • No estar incluido en los casos contemplados en el artículo 125 del Código Civil.
  • Cumplir con los requisitos generales para validar la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia, según lo establece el artículo 23 del Código Civil.

Requisitos para nacionalidad española por Posesión de Estado

Los requisitos comunes para que se valide la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia, según el artículo 23 del Código Civil, son los siguientes:

  • La persona debe ser mayor de 14 años y tendrá que prestar una declaración, juramento o promesa de fidelidad al Rey, así como obediencia a la Constitución y a las leyes.
  • Que la persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad, excepto los ciudadanos de naciones mencionadas en el apartado 1 del artículo 24 del Código Civil, entre ellos:
    • Países Iberoamericanos
    • Andorra
    • Filipinas
    • Guinea Ecuatorial
    • Portugal.
  • Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

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