La Secretaría de Seguridad determinó extender el toque de queda en 17 departamentos de Honduras a partir del lunes 26 de abril al domingo 9 de mayo (fecha en que se celebra el Día de la Madre) como medida para contrarrestar el riesgo de contagio de coronavirus en el país.

En ese sentido, los hondureños no podrán circular en un horario de 10:00 de la noche a las 05:00 de la mañana, como se ha establecido en las últimas semanas.

Para el departamento de Olancho, zona oriente del país, las medidas aprobadas son diferentes debido al repunte de casos covid-19, por lo que la circulación será restringida dos horas antes, en un horario de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. de lunes a domingo.

Además, se estableció que la circulación en Olancho a partir de este lunes 26 de abril al 9 de mayo de 2021 será con base al último dígito de la tarjeta de identidad, donde se permitirá dos dígitos por día.

Así quedó el calendario de circulación en Olancho:

         Lunes 26 de abril: terminación 1 y 2

         Martes 27: 3 y 4

         Miércoles 28: 5 y 6

         Jueves 29: 7 y 8

         Viernes 30: 9 y 0

         Sábado 01 de mayo: 1 y 2

         Domingo 02: 3 y 4

         Lunes 03: 5 y 6

         Martes 04: 7 y 8

  • Miércoles 05: 9 y 0

         Jueves 06: 1 y 2

         Viernes 07: 3 y 4

         Sábado 08: 5 y 6

         Domingo 09 : 7 y 8

Asimismo, el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) determinó que queda prohibido autorizar permiso de operaciones para eventos públicos que conlleven aglomeración de personas (partidos de fútbol, ferias, bodas, velatorios -sin importar causa de muerte-, juegos mecánicos, billares, centros educativos a excepción de aquellos que se encuentran en pilotaje).

Las iglesias también deben cumplir con el protocolo de bioseguridad establecido, con una aglomeración no mayor a 10 personas.

Asimismo, se determinó que el incumplimiento de las medidas conllevaría a las siguientes sanciones:

  1. Primera falta, un llamado de atención por escrito, firmada por el juez municipal
  2. Segunda falta, cierre del negocio por 5 días y multa de L 500 a L 10 mil
  3. Tercera falta, cierre por 2 meses y multa de 3 salarios mínimos
  4. Cuarta falta, cancelación del permiso de operación por periodo mayor a 6 meses

Medidas en 17 departamentos de Honduras

Entre las medidas a seguir está el no superar la capacidad de personas en las instalaciones del sistema bancario, supermercados y comercios al 50 por ciento, además de la prohibición de la operación de a nivel nacional los bares, discotecas, cines, gimnasios, teatros, complejos deportivos.

De igual forma, no se permite reuniones en casas particulares de más de diez (10) personas, salvo en los casos que ya hayan sido autorizados por Sinager para efectos de pilotaje.

El comunicado oficial establece que únicamente pueden circular en horario no permitido las personas que atienden las actividades de seguridad, salud, emergencia, transporte público por motivos de salud humanitarios y el contratado por las empresas que están dentro de las excepciones para movilizar a sus trabajadores.

Asimismo, se permite la circulación del transporte de carga pesada, energía, telecomunicaciones, internet, medios de comunicación, hoteles, personas nacionales y extranjeros que arriben al país en vuelos nocturnos.

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