En Honduras una demanda por alimentos se interpone ante el Juzgado de Letras de la Familia cuando el padre o madre de un menor deja de cumplir con sus obligaciones hacia sus hijos.

A continuación, te explicamos cómo interponer una demanda por alimentos en Honduras, según los requisitos del Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH).

Requisitos para interponer una demanda por alimentos

Para iniciar una demanda por alimentos en Honduras, se deben seguir ciertos requisitos esenciales:

  1. Partida de nacimiento original del menor: Debes presentar la partida de nacimiento original del menor para el cual estás solicitando alimentos.
  2. Acta de matrimonio original (si aplica): Si estás casado y estás presentando la demanda en nombre de tu hijo, deberás proporcionar el acta de matrimonio original como prueba de tu estado civil.
  3. Dirección exacta del trabajo y de la casa: Es necesario especificar la dirección exacta del trabajo y de la residencia de la persona contra quien se está presentando la demanda. Esto es crucial para efectos de citación, emplazamiento y notificación del embargo.
  4. Copia de identidad del demandante: Debes incluir una copia de tu documento de identidad como demandante.
  5. Fotocopias de identidad de dos testigos no familiares: Proporciona fotocopias de identidad de al menos dos testigos que no sean familiares tuyos. Es importante especificar los datos generales de estos testigos.
  6. Recibos y comprobantes de gastos: Si tienes recibos o comprobantes de gastos relacionados con la crianza y el sustento del menor, es recomendable incluirlos como prueba de los gastos en los que has incurrido.

¿Quiénes pueden presentar una demanda por alimentos?

Según el artículo 211 del Código de la Familia de Honduras, las personas que pueden presentar una demanda por alimentos incluyen:

  1. Cónyuges y descendientes consanguíneos.
  2. Hijos discapacitados, incluso si son mayores de edad.
  3. Padres y madres consanguíneos.
  4. Abuelos y ascendientes consanguíneos, matrimoniales o extramatrimoniales.
  5. Hermanos consanguíneos discapacitados o menores de edad.
  6. Aquellos que recibieron una donación cuantiosa.
  7. La persona con quien el testador vivió como cónyuge durante cierto período y que quedó impedida de trabajar y carece de bienes suficientes.
  8. El adoptante y el adoptado.

¿Cuándo no procede una demanda por alimentos?

No procederá una demanda por alimentos si el deudor de alimentos no tiene suficientes capacidades económicas y solo le alcanza para su propio sustento, especialmente si ya tiene una deuda judicial de alimentos hacia otras personas con prioridad.

En Honduras, el proceso para interponer una demanda por alimentos es claro y está respaldado por la ley.

Cumplir con los requisitos y entender quiénes pueden presentar una demanda es esencial para garantizar que los derechos de los menores y otros beneficiarios sean protegidos adecuadamente. La justicia en materia de alimentos es fundamental para el bienestar de las familias en Honduras.

(Artículo de Javier Álvarez con el apoyo de la Inteligencia Artificial).

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