La Secretaría de Educación se pronunció sobre el caso de la maestra Perla Díaz, acusada de agredir verbal y físicamente a una alumna del Centro de Educación Básica República de Cuba, ubicado en el sector Nueva Esperanza, municipio de Morazán, Yoro, norte de Honduras.
La institución reafirmó su compromiso con la protección de la niñez y adolescencia y aseguró que promueve una educación basada en el respeto, la dignidad humana y la garantía de los derechos de la comunidad educativa.
Educación rechaza violencia contra estudiantes
“Manifestamos absoluto rechazo a cualquier práctica que constituya abuso, maltrato físico, psicológico o cualquier otra forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes, independientemente de las circunstancias en que se produzca”, indicó la Secretaría.
La dependencia agregó que tiene la obligación de aplicar las sanciones disciplinarias establecidas en el Estatuto del Docente Hondureño.
También recordó que los educadores cuentan con mecanismos legales cuando un estudiante incurre en actos de irrespeto o indisciplina.
“Bajo ninguna circunstancia la indisciplina estudiantil justifica el uso de la violencia, el castigo físico o cualquier acción que atente contra la integridad física, emocional o psicológica de un menor de edad”, subrayó.
Educación pidió fortalecer el respeto, diálogo y convivencia pacífica en los centros escolares. Además, instó a resolver los conflictos mediante los canales institucionales y con apego al debido proceso.
Sanciones del Estatuto del Docente Hondureño
El artículo 35 del Estatuto del Docente clasifica las faltas disciplinarias en leves, graves y muy graves.
La normativa no menciona textualmente “golpear a un alumno”, pero permite investigar conductas que incumplan obligaciones profesionales o afecten la función docente.
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Las faltas leves pueden provocar una amonestación oral o escrita. Las graves contemplan multas de entre el cinco y el diez por ciento del salario o suspensión sin sueldo hasta por 30 días.
Para las faltas muy graves, el Estatuto establece suspensión sin salario de 31 días hasta un año, traslado a un puesto inferior o destitución.
La autoridad educativa deberá investigar los hechos, valorar pruebas de forma objetiva y garantizar a la docente una audiencia de descargo. Cualquier sanción administrativa no excluye posibles responsabilidades civiles o penales, que ya dependen de otras instituciones.
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