El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), informó el martes a través de un comunicado que las incapacidades temporales que se extiendan por causa del covid-19, son pagadas y seguirán siendo cubiertas por el régimen de Previsión Social de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

Asimismo, el IVM continuará pagando todas las incapacidades temporales por causa de enfermedades comunes o por haber sufrido un accidente que impida al trabajador dedicarse a sus actividades laborales ordinarias, por que requieren de tratamiento médico y de reposo para restablecer la salud.

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Comunicado

El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), en atención al Memorando No. 510-RSRP-20-IHSS de fecha 17 de agosto de 2020, firmado por el Licenciado Jorge Gallardo Rius en su condición de Gerente del Régimen de Seguro de Riesgos Profesionales (RSRP) del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), por medio del cual establece lo correspondiente a las incapacidades temporales por riesgos profesionales (accidentes o enfermedades causa del trabajo), a la población en general y a las empresas en particular COMUNICA:

PRIMERO: El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) administra 3 regímenes de aseguramiento: Régimen de Seguro de Atención de la Salud; Régimen del Seguro Previsión Social en su pilar colectivo de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM); y Régimen del Seguro de Riesgos Profesionales.

SEGUNDO: El memorando al que hace referencia el presente comunicado, únicamente tiene efectos en relación a las incapacidades temporales que extiende el IHSS por razón de accidentes o enfermedades profesionales, es decir que tienen su origen y relación directa, obligada e inequívoca del trabajo que se ejecuta por cuenta ajena en beneficio de un empleador.

TERCERO: Todas las incapacidades temporales por causa de enfermedades comunes o por haber sufrido un accidente que impida al trabajador dedicarse a sus actividades laborales ordinarias, por que requieren de tratamiento médico y de reposo para restablecer la salud, se continuaran pagando del régimen de previsión social de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

CUARTO: Hacemos un llamado a la calma a la población asegurada del IHSS y a la empresas, ya que las incapacidades temporales que se extiendan por causa del COVID-19, son pagadas y seguirán siendo cubiertas por el régimen de previsión social de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

QUINTO: Cualquier pago de salario que realicen las empresas a los trabajadores incapacitados temporalmente por causa de riesgo profesionales, debe ser reembolsado por el IHSS y se constituye en una cuenta por cobrar al Régimen de Seguro de Riesgos Profesionales.

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