El Consejo Nacional Electoral (CNE) confirmó que en las elecciones generales de Honduras, programadas para el domingo 30 de noviembre, se instalarán 19,167 Juntas Receptoras de Votos (JRV).

De ese total, unas 15 JRV se ubicarán en Estados Unidos, país en el que 399,537 hondureños están habilitados para votar.

Al respecto, la líder migrante Gabriela Sosa indicó que el coordinador general del Departamento 19 (D-19) del Partido Liberal, Ronny Frazier, solicitó el incremento de Juntas Receptoras en EE. UU al organismo electoral.

"Envió una petición al CNE solicitando precisamente el incremento de JRV en algunos estados por la carga electoral del mismo", precisó Sosa en el programa Pasaporte, de TSi.

Sin embargo, informó que esa solicitud fue denegada, según fue notificada la mañana de este sábado 18 de octubre.

"Hasta este momento esto es lo que tengo entendido, que fue denegada por la falta de presupuesto, puesto que también el CNE tiene esa limitante del presupuesto", explicó la líder migrante.

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Hondureños que votarán en Estados Unidos en las elecciones generales

El consejero del CNE, Marlon Ochoa, confirmó el jueves 2 de octubre que en Estados Unidos se instarán 12 centros de votación y al menos 15 JRV en los comicios generales para que los connacionales en ese país puedan ejercer el derecho al sufragio.

Según la Radio Nacional de Honduras, dichos centros de votación se ubicarán en 12 ciudades de 10 estados de esa nación. Estos son:

  • Houston y Dallas, en Texas
  • Miami, en Florida
  • Washington DC, capital de Estados Unidos
  • Charlotte, en Carolina del Norte
  • Nueva York, en el estado homónimo
  • Los Ángeles y San Francisco, en California
  • Chicago, en Illinois
  • Atlanta, en Georgia
  • Nueva Orleans, en Luisiana
  • Boston, en Massachusetts.
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¿Qué son las JRV en Honduras?

Las Juntas Receptoras de Votos son las encargadas de garantizar que la votación, el conteo y la transmisión de los resultados en las elecciones generales se desarrollen con transparencia y legalidad.

La Ley Electoral de Honduras, en su artículo 46, establece que las JRV en los comicios serán integradas por cinco propietarios con voz y voto, con sus respectivos suplentes, quienes serán designados por los partidos políticos.

Los cargos en cada una son los siguientes:

  • Presidente (1)
  • Secretario (1)
  • Escrutador (1)
    • Estos serán asignados de manera equitativa a los tres partidos políticos más votados en el nivel presidencial en la última elección.
  • Vocales nombrados (2)
    • Estos serán nombrados por el CNE a propuesta de los demás partidos políticos en contienda.

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