Pese a que los partidos Nacional, Liberal y Libre llegaron a un acuerdo sobre la composición de las mesas electorales, los líderes de las fuerzas emergentes han anunciado que no se quedarán con los brazos cruzados y que van a librar "la madre de las batallas".

No están dispuestos a quedarse al margen de lo que ellos llaman un derecho legítimo a tener presencia dentro de las instancias encargadas de recibir las papeletas depositadas por los ciudadanos en una consulta abierta, democrática y participativa.

En particular, el aspirante a la Presidencia, Salvador Nasralla, ha advertido que no reconocerá los resultados de los comicios del 28 de noviembre si el partido que lo postula, Salvador de Honduras", no tiene delegados en las mesas.

Las consideradas fuerzas mayoritarias en el mapa político hondureño, convinieron que tales órganos que, de ahora en adelante se llamarán Juntas Receptoras de Votos, estarán compuestas por cinco miembros propietarios.

Tres de ellos tendrán pertenencia a los tres partidos con mayor caudal electoral, según la última elección, y los otros dos serían miembros de las demás instituciones de manera rotatoria.

Según lo convenido por los nacionalistas, liberales y libres, los cargos de presidente, secretario y escrutador serán ocupados por delegados de los partidos mayoritarios y su nombramiento en 40,000 cupos en las Juntas Receptoras de Votos se realizará en mérito de la comprobada militancia de ellos.

Un criterio generalizado es que en las Mesas Receptoras de Votos han gestado los fraudes electorales, una razón más que suficiente para que los políticos permanezcan en una constante pelea por imponer su hegemonía en las denominadas "MER"

Todo tiene su razón de ser. Y es que, históricamente, los partidos políticos se han dado a la tarea de entrar en componendas con las instituciones "minoritarias" o "de maletín" y traficar con las credenciales para colocar a sus "peones", encargados de manipular las actas comiciales y adulterar los resultados.

La nueva ley contempla que los institutos políticos y candidaturas independientes que participen en las elecciones generales deben proponer, 60 días antes de la consulta, un delegado observador para cada Junta Receptora de Votos, cuya función será la de dar cuenta de irregularidades del proceso para que éstas sean registradas en la hoja de incidencias.

Además de las Juntas Receptoras de Votos, la normativa establece la creación de las Juntas Especiales de Verificación y Recuento que deben ser integradas y puestas en funcionamiento de la misma forma que las Juntas Receptoras de Votos seleccionados y nombrados por el Consejo Nacional Electoral.

El debate sobre las nuevas reglas que determinarán los procesos electorales ha estado entrampado y, con ello, los políticos han manifestado -una vez más- su renuencia a cumplir con el compromiso de darle transparencia y legitimidad a los comicios y a robustecer la democracia.

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