El ataque tuvo lugar de manera abrupta en la iglesia a la que la víctima asiste. Al percatarse de que se encontraba sola, el agresor la abordó violentamente, perpetrando el abuso sexual.

Tras el incidente, la propia afectada presentó la denuncia correspondiente, lo que condujo a las autoridades a llevar a cabo su arresto en la mencionada localidad.

La detención fue ejecutada por agentes de la UMEP-13 bajo el cargo de violación agravada.

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El ciudadano fue puesto ante las autoridades correspondiente.

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El Código Penal Vigente, en su artículo 140, numeral 4, establece una pena de 9 a 13 años para el delito de violación, específicamente cuando el culpable se hace pasar por otra persona.

Según la normativa, el autor de este delito será sancionado con reclusión de nueve (9) a trece (13) años. En caso de que la víctima sea menor de doce (12) o mayor de setenta (70) años, si la violación es perpetrada por más de una persona, o por alguien reincidente, la pena ascenderá a quince (15) a veinte (20) años.

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