La Municipalidad de Puerto Cortés emitió este domingo 20 de septiembre la ordenanza municipal para el Feriado Morazánico 2026, mediante el cual pretenden garantizar un descanso seguro y orden en las playas de dicha ciudad ubicada en Cortés.
La primer disposición establecida tiene que ver con el consumo de bebidas refrescantes y embriagantes, precisamente que la misma debe realizarse mediante envase de cartón, de plástico o de lata.
Según precisaron las autoridades locales, lo anterior ya sea que el veraneante lleve su producto o que lo compre en los negocios de venta.
En ese sentido, ordenó a todos los negocios de venta de dichos productos que se encuentran establecidos en las diferentes playas de Puerto Cortés, tanto permanente como temporal, deberán servir las bebidas en envases de cartón, plástico o lata.
¿Qué pasa si no se cumple norma en playas de Puerto Cortés en el feriado?
La Alcaldía Municipal de Puerto Cortés informó que se hará un llamado de atención a la persona que incumpla la norma por primera vez..
En caso de reincidencia por segunda vez, las autoridades procederán al decomiso para los ciudadanos que lleven sus productos de forma particular.
Mientras tanto, para el negocio que se le sorprenda vendiendo bebidas en envases de vidrio se le aplicará una multa de cinco mil lempiras en caso de que sea por primera vez.
Ya si reincide en ello se efectuará el cierre del establecimiento.
"Será obligatorio rotular los locales haciendo mención que las bebidas solo se sirven en el tipo de envases anteriormente señalados", resaltaron.

Más normas durante la Semana Morazánica 2026 en las playas de Puerto Cortés
La ordenanza también establece que no se permite el ingreso o permanencia de menores de edad en los establecimientos donde se venden bebidas alcohólicas y energéticas, de acuerdo con la Ley de Policía y Convivencia Social y el Plan de Arbitrios Municipal.
En caso de incumplirse por primera vez, al negocio se le notificará y aplicará una multa de cinco mil lempiras y, en caso de reincidencia por segunda vez, será de 10 mil lempiras.
Ya si reincide por tercera vez la infracción se notificará y se aplicará la clausura definitiva del establecimiento.
Por último, las autoridades locales indicaron que es obligatorio que los puntos de venta o cualquier otro tipo de negocio en los que se manipulen alimentos, ya sean permanentes o temporales, reciban las charlas impartidas por la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA).
Del mismo modo, deben cumplir las medidas establecidas en el Acta de Compromiso que es otorgada por Salud, la ARSA, el Cuerpo de Bomberos y el Departamento Municipal de Ambiente.
La contravención a esta disposición será multada con dos mil 500 lempiras por primera vez y, en caso de reincidencia, se procederá a la clausura definitiva para los puntos de venta temporales y de cinco días (calendario) para los negocios permanentes.

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