El Gobierno de la República anunció este lunes nuevas medidas, con el fin de prevenir la propagación del Covid-19 en el país.

Una de las medidas es que se suspenden las labores en el sector Público y Privado, durante siete días. Además se prohíbe el funcionamiento de los negocios incluyendo centros comerciales.

Francis Contreras, vocero del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), dijo que quedan restringidas a nivel nacional, por un plazo de siete días, las garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99, y 103 de la Constitución de la República.

Prohibiciones

1. Se suspenden labores en el Sector Público y Privado durante el tiempo de excepción.

2. Se prohíben eventos de todo tipo y número de personas.

3. Suspensión del funcionamiento del transporte público.

4. Se ordena la suspensión de celebraciones religiosas presenciales.

5. Se prohíbe el funcionamiento de los negocios incluyendo centros comerciales.

6. Se ordena el cierre de todas las fronteras aéreas, terrestres y marítimas en el territorio nacional.

Excepciones

1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial a las industrias autorizadas en este mismo Decreto.

4. Retorno al lugar de residencia habitual.

5. Personal de la salud que asista o cuide a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

6. Desplazamiento a entidades financieras, cooperativas y de seguros.

https://youtu.be/26YNnQinH2Y

El estado de excepción es aquel donde los derechos y garantías que la Carta Magna asegura, pueden llegar a quedar afectados con la suspensión o restricción del ejercicio, siempre que pueda concurrir algún tipo de causa que justifique tomar la medida y pueda ser por tanto declarado.