El anteproyecto de Ley de amnistía a delitos penales y faltas bajo el amparo de la pandemia covid-19 será presentado este jueves en el Congreso Nacional de Honduras.

La iniciativa manda a levantar una lista de los internos que aplican al mismo y subraya que tal figura será extendida a quienes padecen ciertas enfermedades, a los que estén por cumplir su condena y aquellos mayores de 58 años.

Para lo cual se deberá conceder el beneficio de sustitución de la prisión por medidas de seguridad o extinción de la pena, de conformidad a los artículo 76 y 83 del Código Penal vigente, 173 y 193 del Código Procesal Penal, tales como:

  • Libertad Condicional.
  • Arresto en su propio domicilio o en el de otra persona bajo vigilancia.
  • Someter al imputado al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informe periódicamente al juez.
  • Obligar al imputado a presentarse periódicamente ante un determinado juez o autoridad que éste designe.
  • Prohibirle al imputado salir del país, del lugar de su residencia o del ámbito territorial que el órgano jurisdiccional determine.
  • Constitución a favor del Estado por el propio imputado o por otra persona, de cualquiera de las garantías siguientes: depósito de dinero o valores, hipotecas, prenda o fianza personal.
  • Libertad vigilada.
  • Compensación por buena conducta.
  • Para su aplicación, la Corte Suprema de Justicia deberá levantar, junto con el Instituto Nacional Penitenciario (INP), el listado de los nombres de los imputados, los delitos, penas, condiciones y aplicabilidad del beneficio.

    Los profesionales del derecho han cuestionado que la propuesta para conceder la gracia de la preliberación a un grupo de privados bajo ciertos criterios, es muy amplio y que podría dar lugar a contradicciones legales.