La Secretaría de Seguridad determinó el domingo (21.03.2021) extender el toque de queda desde el lunes 22 hasta el domingo 28 de marzo del año en cursos en cumplimiento a lo establecido en el decreto ejecutivo PCM 035-2021, como medida prevención contra el covid.

El toque de queda será efectivo en un horario que comprende entre las 10:00 pm hasta las 5:00 am del siguiente día.

En el comunicado también se especifica que en el sistema financiero, supermercados y comercios en general, la atención a la población no deberán superar el 50% de la capacidad en sus instalaciones.

Además, se tiene prohibido operar a nivel nacional los bares, discotecas, cines, gimnasios, teatros, complejos deportivos, centros de convenciones y centros educativos en sus niveles de primaria, secundaria y superior.

Así como reuniones en casas particulares de más de diez (10) personas, salvo en los casos que ya hayan sido autorizados por SINAGER para efectos de pilotaje.

Se establece que únicamente pueden circular en horario no permitido, las personas que atienden las actividades de seguridad, salud, emergencia, transporte público por motivos de salud humanitarios y el contratado por las empresas que están dentro de las excepciones para movilizar a sus trabajadores.

Transporte de carga pesada, energía, telecomunicaciones, internet, medios de comunicación, hoteles, personas nacionales y extranjeros que arriben al país en vuelos nocturnos, acreditando con su boleto de viaje su destino.

 Asimismo, el sector agroalimentario y agroquímico, y el personal de soporte técnico y administrativo del sistema bancario; para garantizar la producción y distribución de alimentos, industria de la maquila, mercados, supermercados, gasolineras, droguerías, farmacias y productos de bioseguridad, que trabajan turnos durante los siete días de la semana y por la noche.

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