En una resolución calificada como un exabrupto jurídico, un Juzgado de Violencia Doméstica condenó a un hombre a pagar una pensión alimenticia de 6,000 lempiras mensuales a favor de un hijo que no es suyo biológica ni legalmente.

Al respecto, el profesional del derecho, Óscar Mejía, denunció la violación de los derechos de su representado tras la audiencia.

Mejía explicó que su cliente solo mantuvo una relación de noviazgo con la demandante, mientras que el niño figura legalmente inscrito con el apellido de su padre biológico en la certificación de nacimiento.

Argumento del juez genera indignación

Pese a comprobarse la ausencia de filiación, el juez de la causa ordenó mantener la cuota para proteger la estabilidad económica del menor.

"En la cara, el juez le dijo a mi cliente que se reconocía cómo eran las cosas, pero que el menor no tenía la culpa y debía seguir ayudándolo con 6,000 lempiras mensuales", relató Mejía.

La defensa sostiene que la demandante interpuso la denuncia ante el Juzgado de Violencia Doméstica por temor a perder la ayuda económica voluntaria que recibía durante la relación.

Asimismo, el jurista advirtió que la madre percibiría un doble ingreso económico por el mismo menor.

"La madre recibe la pensión correspondiente del padre biológico y ahora también la de esta persona. Ha de recibir de las dos partes", recriminó Mejía.

Además, el abogado relató el asomboro con el que el ciudadano recibió la condena por parte del juez.

"Sí, increíblemente el ciudadano se quedó asombrado y salió admirado el día de ayer. Dijo: 'Increíblemente, abogado, ¿cómo voy a estar pagando una pensión de un hijo que no es mío? ¡Ah, increíble! Presente usted el recurso, haga las gestiones que tenga que hacer para que revisen este caso'", narró el abogado.

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Apelación y denuncias de anomalías procesales

Frente al fallo, la representación legal del afectado confirmó que interpondrá un recurso de alzada -o apelación- en los tribunales correspondientes.

"Interpondré un recurso de apelación para que la Corte de Apelaciones revise este caso, porque la verdad linda con la exageración jurídica", afirmó el abogado.

A las inconsistencias del fallo se suman supuestas trabas burocráticas dentro del recinto judicial.

El abogado denunció que el personal del tribunal le negó el acceso a la documentación del expediente.

"El Juzgado de Violencia Doméstica vulnera el derecho de defensa y trata mal a los profesionales del derecho; ni me prestaron el expediente para revisión", concluyó.

Consecuencias del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)

Sobre este tipo de controversias en juzgados de familia y violencia doméstica, la Corte Suprema de Justicia oficializó en 2024 el Reglamento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

La normativa busca garantizar el sustento de los menores mediante la inscripción inmediata de quienes incumplan tres cuotas continuas o cinco alternadas.

Estar inscrito en el Redamacarrea severas restricciones administrativas y financieras para el deudor alimentario en todo el país.

Las personas morosas quedan inhabilitadas para abrir cuentas bancarias, solicitar tarjetas de crédito, tramitar préstamos, obtener pasaportes y sacar o renovar la licencia de conducir.

Además, el Instituto Nacional de Migración (INM) mantendrá la prohibición de salida del país para quienes mantengan saldos pendientes.

Asimismo, las instituciones públicas y privadas están obligadas a verificar la condición del ciudadano antes de otorgar licencias o productos financieros, so pena de sanciones administrativas y penales.

No obstante, en este documento no contempla sanciones para casos como el del hombre que fue condenado a pagar pensión a un hijo que no es suyo.

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