Según la información proporcionada por la Administración Aduanera de Honduras, la ley facilita a los hondureños por nacimiento que residen de manera permanente en el extranjero por más de un año, así como a sus hijos, la introducción de ciertos artículos de uso personal, electrónicos y de salud sin la obligación de pagar impuestos, tasas o gravámenes.

¿Cuáles son los productos?

  • Artículos de uso personal.
  • Artículos electrónicos.
  • Artículos de salud.
  • Estos productos gozan de la exención de impuestos, tasas o gravámenes durante el periodo mencionado, facilitando a los hondureños residentes en el extranjero y sus hijos la introducción de estos bienes al país sin costos adicionales.

    El listado se encuentra disponible en la página web www.aduanas.gob.hn, en el apartado “Solicitudes y Gestiones” luego dirígete a “Beneficio del Hondureño Ausente”.

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    Para acceder a este beneficio, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

    • Ser hondureño por nacimiento o hijo de padre o madre hondureña por nacimiento.
    • Presentar pasaporte nacional o extranjero, o cualquier documento oficial expedido en el lugar de residencia.
    • En el caso de personas nacidas en el exterior que sean hijos de padre o madre hondureño por nacimiento, deberán presentar un documento extendido por la autoridad competente que acredite este hecho.
    • Presentar un documento que certifique su residencia permanente fuera del país por más de un año.
    • Ingresar al territorio nacional en el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2023 y el 15 de enero de 2024.
    • Al llegar al país, presentar un listado detallado de las mercancías con sus respectivos valores en aduanas.
    • Asegurarse de que las mercancías importadas correspondan en cantidad y clase, y que no estén destinadas para fines comerciales.

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