Por: Bismark Zepeda

Los funcionarios públicos, que buscan un cargo de elección popular, tienen prohibido realizar actos de inauguración de obras públicas y su difusión en medios de comunicación para evitar atraer votantes con recursos del Estado.

La prohibición entrará en vigencia a partir del miércoles (29.09.2021). Esta limitación da inicio 60 días previo al día de las elecciones generales del próximo 28 de noviembre.

Prohibición amparada en ley

Según se informó, el artículo 232 de la nueva Ley Electoral expresa textualmente:

“Durante el periodo de propaganda electoral y hasta la conclusión de la jornada electoral, sólo se permitirán campañas de promoción de manera institucional del gobierno central, otros poderes del Estado, entes descentralizados y desconcentrados y las corporaciones municipales con la prohibición de que aparezca la imagen, la voz, el nombre y/o la firma del titular de esta institución de un partido político o de cualquier candidato a cargo de elección popular”.

En ese sentido, el comisionado de la Unidad de Política Limpia, German Espinal recordó que igualmente, la Ley Electoral y la Ley de Política Limpia establecen como una medida saludable y equitativa que los altos funcionarios de estado y los políticos se abstengan de hacer propaganda de los proyectos del estado y todo lo que implique sacarle ventaja en beneficio de una candidatura.

Según Espinal, lo anterior es porque ya "hemos tenido la experiencia, ha sido muy saludable y sobre todo porque es la aplicación del principio de equidad, es democrático y lanza un mensaje sano para poder observar en el proceso electoral".

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Asimismo, el Comisionado Javier Franco, indico que conforme al Artículo 166 de la Ley Electoral de Honduras, se prohíbe la utilización de los recursos del Estado fuera del financiamiento que el mismo otorga y esto es regulado por la UFTF.

En el caso de los aspirantes políticos que estén realizando algún acto de propaganda para obtener simpatías electorales valiéndose de los procesos de vacunación que ha iniciado el Gobierno, corresponde al Consejo Nacional Electoral (CNE) verificar el cumplimiento y respeto del período de campaña dentro de los tiempos legalmente establecidos.

“No obstante, lo anterior, la UFTF en vista de sus principios rectores, está obligada y presta a denunciar cualquier acto de propaganda prematura y uso indebido de recursos estatales que se compruebe” aclaró.

Javier Franco agregó que hasta este momento la UFTF no ha recibido denuncias relacionadas a estos temas, por lo que, en caso de que la ciudadanía cuente con pruebas de tales acciones ilícitas, se le exhorta a denunciar esos hechos repudiables y condenables de aprovechamiento de la situación vulnerable que representa la pandemia por covid 19.

Quedan exceptuadas de la prohibición, las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a la salud, desastres naturales, protección civil y seguridad en casos de emergencia.

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