El Ministerio Público ejecutó este jueves una operación contra una estructura criminal dedicada al tráfico de drogas en el departamento de Cortés al norte de Honduras.
La acción fue liderada por la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) y la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN), con apoyo de la Policía Militar del Orden Público (PMOP).
Como parte de la operación, las autoridades ejecutaron cinco allanamientos de domicilio y tres inspecciones, en seguimiento a una denuncia interpuesta ante la DLCN.
¿Quién es el médico investigado?
Según el Ministerio Público, el principal investigado es el doctor Santos Manuel Cruz Cardona, ex precandidato a diputado por el movimiento Avanza del Partido Nacional, a quien señalan de estar vinculado al grupo criminal liderado por los hermanos Urbina Soto, originarios del departamento de Yoro.
Las diligencias revelan que Cruz Cardona desempeña un papel clave dentro de la organización criminal, al desviar sustancias químicas controladas utilizadas para la elaboración de drogas sintéticas.
Además, habría canalizado las ganancias ilícitas del narcotráfico mediante sus empresas, principalmente el Hospital Siloé, con el propósito de darles apariencia legal.
Se ha identificado un incremento inusual en su patrimonio, incluyendo la adquisición de bienes inmuebles, avionetas, vehículos de lujo y cuentas bancarias tanto a nivel nacional como internacional, según el MP.
Con esta operación, la institución busca asegurar evidencias que permitan sustentar el proceso judicial, así como evitar su destrucción, pérdida u ocultamiento.
VEA: Esto se sabe sobre caso de niña que murió tras abuso en Choluteca
Ley castiga con dureza el lavado de activos y el tráfico de drogas: penas van de 4 a más de 10 años
El Código Penal hondureño establece severas penas para quienes cometen los delitos de lavado de activos y tráfico de drogas, dos de los principales crímenes vinculados al crimen organizado en el país.
Según el artículo 439, incurre en lavado de activos toda persona que, directa o indirectamente, adquiera, invierta, posea, utilice, transforme, resguarde, administre, custodie, transporte, transfiera, conserve, traslade u oculte bienes de origen ilícito. También se sanciona a quien dé apariencia de legalidad a estos activos o impida la identificación de su verdadero origen, naturaleza, destino, movimiento o propiedad.
Este delito se agrava cuando los fondos provienen de actividades como el tráfico de drogas, terrorismo, extorsión o explotación sexual; cuando se comete en el marco de un grupo delictivo organizado, o si el responsable es un profesional del sector financiero, bursátil, bancario o un funcionario público. En estos casos, además de la pena de prisión, se impone la inhabilitación absoluta por el doble del tiempo que dure la condena.
Por su parte, el artículo 311 del mismo Código sanciona el tráfico de drogas con penas que van de cuatro a siete años de cárcel si se trata de sustancias que no causan grave daño a la salud, y de siete a diez años en los casos más graves. También se establece una multa de cien a quinientos días.
MÁS: Revelan el último deseo de hombre que murió atropellado por una grúa en la CA-5

