La diputada del Partido Liberal de Honduras (PLH), Saraí Espinal, presentó ante el Congreso Nacional de Honduras una iniciativa para reducir la edad punible de 18 a 16 años, en atención a la alta participación de menores en delitos graves en el país.

Durante su intervención en el hemiciclo legislativo, la también periodista afirmó que la propuesta de reducir la edad punible busca reformar el Código Penal para incluir delitos como homicidio, asesinato, violación, secuestro, tráfico ilícito de drogas, ilícitos vinculados al crimen organizado y la tenencia ilegal de armas dentro del nuevo rango de responsabilidad penal juvenil.

“Presentamos la reducción de la edad punible de 18 a 16 años porque no persigue la criminalización del delito”, declaró Espinal.

Acto seguido, sostuvo que “actualmente el crimen organizado, las maras y bandas están utilizando a nuestros menores para poder realizar este tipo de delitos.

Argumentos basados en cifras oficiales

La congresista argumentó que la iniciativa de reducir edad punible responde a “las injusticias que tenemos en nuestra sociedad”, especialmente tras hechos recientes de violencia contra menores que, a su juicio, evidencian vacíos en la legislación vigente.

Además, citó datos del Observatorio Nacional de la Violencia de la UNAH (ONV-UNAH) que indican que el 86 % de los menores infractores tienen entre 15 y 17 años.

Asimismo, señaló que las detenciones de jóvenes de entre 10 y 19 años superan los 2,000 casos.

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Espinal añadió que, dentro de la población de entre 16 y 18 años —que supera los 287,000 jóvenes—, “el 30 % de los casos que hoy se generan a nivel del Ministerio Público y otras entidades corresponden a menores en temas de extorsión, tráfico de drogas, portación ilegal de armas, robo, homicidio y otros delitos”.

También aseguró que actualmente hay más de 2,000 jóvenes privados de libertad que, según dijo, “han sido utilizados para delinquir en nuestro país”.

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Clasificación por rangos de edad

Actualmente, el sistema de justicia hondureño opera bajo los siguientes criterios:

  • Menores de 12 años: se les considera legalmente incapaces de cometer infracciones penales. No enfrentan juicios, sino que reciben medidas de protección por parte de la SENAF (Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia).
  • De 12 a 18 años: se encuentran en la edad de responsabilidad penal juvenil. No ingresan a cárceles comunes ni son juzgados como adultos; en su lugar, se rigen por la Ley de Justicia Penal Juvenil. Sus sanciones tienen un enfoque educativo y buscan la reinserción social.
  • Mayores de 18 años: adquieren la responsabilidad penal plena y son procesados bajo el Código Penal ordinario.

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Reforma al Código Penal y registro de agresores

En su exposición, la diputada explicó que la reforma pretende modificar el alcance del Código Penal, cuyo artículo 10 establece que la ley penal se aplica a personas que tengan 18 años o más al momento de cometer el delito.

Dicho artículo reza:

ARTÍCULO 10.- APLICACIÓN DE LA LEY PENAL A LAS PERSONAS. Este Código se aplica a las personas que en el momento de la comisión de la conducta punible tengan dieciocho (18) o más años de edad.

En el caso de los menores de dieciocho (18) años que cometan un hecho tipificado como delito en el presente Código, su responsabilidad se determinará con arreglo a lo dispuesto en la legislación para la niñez infractora.

“Actualmente, un joven de 17 años que asesina a una persona sale en libertad al cumplir la mayoría de edad en un centro de rehabilitación. Hoy lo que se quiere es reformar el Código Penal para establecer penas a menores de 16, 17 y 18 años”, afirmó.

Finalmente, anunció que la iniciativa contempla la creación de un registro nacional de agresores sexuales y medidas especiales de control para quienes cometan delitos sexuales contra menores de edad.

La propuesta deberá seguir el trámite legislativo correspondiente en el Congreso Nacional, donde se anticipa un amplio debate sobre el alcance y las implicaciones de la reforma.

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