El abogado penalista, Jair López, aseguró el miércoles 23 de marzo de 2022 que sí cumplen los requisitos para ejecutar la extradición del expresidente Juan Orlando Hernández (2014-2022), quien es requerido por Estados Unidos para enfrentar cargos por narcotráfico.

López indicó que, por ejemplo, el exgobernante no enfrenta ningún juicio en Honduras, por lo que no hay motivo para prohibir su envío a Estados Unidos.

"La única manera es que tenga un juicio abierto en su contra. Es si el señor Juan Orlando Hernández, antes del periodo de extradición de los Estados Unidos, ya estuviera enjuiciado. Es decir, es cuando una persona es acusada ante un tribunal de justicia en la fase judicial".

Aclaró, en es sentido, que cualquier denuncia interpuesta en el Ministerio Público no da lugar a suspender un proceso de extradición.

Consecuentemente, afirmó que "todos los requisitos formales que requiere el tratado para proceder a la extradición están cumplidos".

Requisitos para ordenar una extradición en Honduras:

-Que exista una orden de juez que está requiriendo su presencia ante él.

-Que la petición de extradición no sea por un delito político.

-Que el solicitado de extradición no tenga juicios pendientes en o pague una condena en Honduras.

-Que el Estado requirente muestre indicios racionales del delito que le imputa.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió el miércoles el recurso de apelación presentado por la defensa de Juan Orlando Hernández contra la orden de extradición que emitió un juez natural.

El pleno de magistrados de la CSJ fungirá como una corte de apelaciones para resolver dicho recurso, la última instancia para confirmar o negar la petición de extradición.

El portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte, declaró que "auto de admisión solo es un paso de rigor formal que se realiza a la verificación de los requisitos”.

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Acusación

Al exmandatario Estados Unidos le acusa de tres delitos relacionados con el narcotráfico, el primero: conspiración para importar sustancia controlada a los Estados Unidos, así como fabricar y distribuir una sustancia controlada con la intención y el conocimiento que dicha sustancia sería importada ilegalmente.

Como segundo cargo: usar o portar armas de fuego, ayudar e instigar al uso y el porte y la posesión de armas de fuego, a saber: ametralladoras y dispositivos destructivos durante y en relación con, o poseer armas de fuego, incluidas las ametralladoras y los dispositivos destructivos en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos.

En tercer delito, conspiración para usar o portar armas de fuego incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivos, durante y en relación con, o poseer armas de fuego incluyendo ametralladoras y dispositivos destructivos, en apoyo de la conspiración de importación de narcóticos.

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