El Consejo Nacional Electoral (CNE) se prepara para iniciar el escrutinio especial, luego que la noche del miércoles 10 de diciembre aprobaran por unanimidad el reglamento que establece el procedimiento para revisar más de 2,700 actas con inconsistencias.

A estas se suman 115 actas no transmitidas, cuyo paradero se investiga en el Centro Logístico Electoral.

Según informes del Noticiero Hoy Mismo, de TSi, el reglamento establece que el escrutinio comenzará una vez concluya la verificación visual que este jueves  se centra en las actas del nivel municipal. Se espera que suceda este viernes 12 diciembre.

Los empleados del CNE trabajarán en dos turnos, A y B, con un cronograma definido para agilizar el proceso.

El primer grupo de actas que se revisará corresponde a las actas de oficio, es decir, aquellas que presentan inconsistencias detectadas por el sistema.

El reglamento también establece el orden de revisión por niveles: primero el nivel presidencial, luego corporación municipal y finalmente diputaciones.

En estos departamentos se hará el escrutinio

El proceso se realizará por orden alfabético, iniciando con el departamento de Atlántida, seguido de Colón, Comayagua, Copán, Cortés, Choluteca, El Paraíso, Francisco Morazán, Gracias a Dios, Islas de la Bahía, Intibucá, La Paz, Lempira, Ocotepeque, Olancho, Santa Bárbara, Valle, Yoro y, al final, el voto en el exterior.

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Así funcionará el escrutinio

  • El escrutador abre las maletas ,y extraerá todos los votos del nivel electivo correspondiente. Procederá a extraer los votos del nivel presidencial en válidos, nulos y blancos. No se deberán contabilizar los sobrantes porque estos vienen rotos por la mitad.
  • Se inicirá con los votos válidos, mostrandolos uno a uno a los demás miembros de la JERV, quienes verificarán que cumplan con los requisitos; firma y sellos de los tres consejeros del CNE, firmas del presidente y secretario de la Junta y el sello de ratificado en el reverso de la papeleta. El escrutador procederá a recalificar el voto, y si es válido expresando a que candidato corresponde el voto, si es válido o nulo..
  • En caso de que la calificación del voto difiera de la realizada por la JRV, se aplicará el sello correspondiente según su calificación, firmándola el presidente y secretario junto a dicho sello y escribiendo el número 2 al lado.
  • El secretario debe consignar en el formato del conteo de votos a qué candidato le corresponde el voto válido o consignarlo en la casilla correspondiente cuando el voto sea blanco o nulo.
  • De igual manera el escrutador continuará extrayendo los votos uno a uno siguiendo el procedimiento anterior descrito.
  • Este procedimiento se repetirá para las bolsas de retorno que contengan los votos blancos y nulos. Los votos escrutados, se organizarán en legajos en la maleta electoral empacando cada legajo en su bolsa correspondiente y se guardarán en su maleta electoral.
  • El secretario consignará en el balance general del formato del conteo de votos la cantidad de ciudadanos que votaron, de acuerdo con la suma de votos en blanco, nulos y válidos. Los miembros de la JERV podrán solicitar el cuaderno de votación para cotejar el campo total de votantes contra la cantidad total de votos del acta especial.
  • A continuación, el secretario levantará el banderín para solicitar al supervisor el acta de cierre especial. El supervisor se trasladará a la estación de Documentos Electorales para solicitar el acta de cierre especial, y mediante una ficha de entrega firmada por cada miembro de la JEVR la entregará al secretario de la JERV.
  • El acta de cierre especial debe contener los datos preimpresos del departamento, municipio, centro de votación, sector electoral y número correlativo, número de JRV, procediendo a transcribir del formato de conteo de votos del nivel presidencial al acta especial en las secciones y casillas correspondientes los datos siguientes: a. Número de la mesa de la JEVR; b. Fecha, hora de inicio y de finalización del escrutinio especial del nivel electivo presidencial; c. El total, en números y letras del total de las papeletas utilizadas. d. La cantidad, en números y en letras de los votos válidos obtenidos por cada uno de los candidatos. e. La cantidad, en números y en letras del total de votos blancos y el total de votos nulos; f. La cantidad, en números y en letras del gran total de las sumas de los ítems d) y e).
  • El secretario anotará los nombres, apellidos y número de documento nacional de e identificación de cada uno de los miembros integrantes de la JEVR, en la casilla correspondiente a los cargos en el que fueron integrados.
  • La JEVR deberá realizar el escaneo y transmisión del acta especial siguiendo los pasos establecidos por el Pleno de Consejeros, cada uno de los miembros en funciones de la JEVR recibirá una copia del acta de cierre especial del nivel presidencial. Estas copias serán entregadas a los supervisores de línea, quien a su vez entregará a los enlaces de cada partido.
  • El escrutinio especial se considera clave para garantizar transparencia y certeza en los resultados finales de las elecciones.

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