Los empleados del sector privado disfrutarán de descanso el jueves 28, viernes 29 y sábado 30 de marzo, conforme al artículo 339 del Código del Trabajo.

El Cohep señaló que si algún trabajador acuerda laborar durante estos días festivos, el empleador deberá pagar el doble del salario ordinario por las horas trabajadas, según lo establece el artículo 340 del Código del Trabajo.

Respecto al feriado del Día de las Américas el 14 de abril, el Cohep aclara que, de acuerdo con el Código de Trabajo y el Decreto No. 50-2003, los feriados que caigan en fin de semana no se trasladarán al lunes, a menos que los contratos colectivos indiquen lo contrario.

Comunicado del Cohep en relación a los feriados de la Semana Santa. Foto: Cohep

Durante los días feriados, el sistema financiero nacional no operará, pero estarán disponibles los servicios de banca electrónica, ACH y cajeros automáticos.

Las oficinas del Cohep cerrarán desde el lunes 25 hasta el viernes 29 de marzo, retomando actividades el lunes 1 de abril de 2024.

Hasta el momento, no se ha informado sobre los feriados correspondientes al sector público para estas fechas.

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