El traspaso o cambio de propietario de vehículo en Honduras es un procedimiento regulado por el Instituto de la Propiedad (IP), con un costo base de L. 300.00 , que varía según el tipo de propietario y el trámite adicional como cambio de placas. Este trámite contempla 14 modalidades , dependiendo de quien es el propietario y quién es el comprador del automotor, por lo que los requisitos pueden cambiar en cada caso. De tal manera, se detalla cada caso posible y los documentos necesarios para realizar el proceso de manera correcta y segura del traspaso de vehículo. Traspaso de vehículo entre personas naturales y jurídicas 1. De persona natural a persona natural Requisitos: Formulario de tradición de dominio RV-RE-01 , firmado por vendedor y comprador, autenticado por notario o Instrumento Público. Presentar original y fotocopia de: Tarjeta de identidad Carné de residencia vigente Pasaporte vigente Licencia de conducir vigente Costo: L. 300.00 2. De persona natural a persona jurídica Requisitos: Formulario RV-RE-02 , firmado y autenticado por notario o Instrumento Público. Presentar original y fotocopia de: Tarjeta de identidad Carné de residencia vigente Pasaporte vigente Licencia de conducir vigente Costo: L. 300.00 3. De persona jurídica a persona natural Requisitos: Formulario RV-RE-03 , autenticado por notario o Instrumento Público. Presentar original y fotocopia de: Tarjeta de identidad Carné de residencia vigente Pasaporte vigente Licencia de conducir vigente Costo: L. 300.00 4. De persona jurídica a persona jurídica Requisitos: Formulario RV-RE-04 , autenticado por notario o Instrumento Público. Presentar original y fotocopia de: Tarjeta de identidad Carné de residencia vigente Pasaporte vigente Licencia de conducir vigente Costo: L. 300.00 De su interés: Estos son los pasos y requisitos para obtener la pensión por vejez en el IHSS Trámites entre instituciones públicas 5. Vehículo nacional entre instituciones del sector público Requisitos: Formulario RV-RE-04 , firmado por vendedor y comprador autenticado por notario o Secretario General de la institución. Resolución administrativa de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. Presentar original y fotocopia de identificación vigente (tarjeta de identidad, carné de residencia, pasaporte o licencia de conducir). Costo: L. 300.00 6. De institución pública a persona natural o jurídica (subasta o donación) Requisitos: Formulario RV-RE-03 (natural) o RV-RE-04 (jurídica), autenticado por notario o Secretario General. Resolución administrativa de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Cambio de placas opcional: L. 500.00 adicional. Costo: L. 300.00 por traspaso + L. 500.00 por placas 7. De persona natural o jurídica a institución pública (donación) Requisitos: Formulario RV-RE-02 (donante natural) o RV-RE-04 (donante jurídica), autenticado por notario o Secretario General. Resolución administrativa de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Cambio de placas opcional: L. 500.00 adicional. Costo: L. 300.00 por traspaso + L. 500.00 por placas Relacionado: IHSS detalla pasos para acceder a la pensión complementaria y mejorar jubilación Proceso entre personas exoneradas o con beneficios fiscales 8. De persona natural o jurídica exonerada a persona sin beneficios fiscales Requisitos: Formulario RV-RE según el tipo de propietario. Resolución autorizante de la Secretaría de Finanzas. Declaración Única Centroamericana Aduanera (DUCA) o DUA , según corresponda. Boletín de pago emitido por la Administración Aduanera, si aplica. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Cambio de placas opcional: L. 500.00 adicional. Costo: L. 300.00 por traspaso + L. 500.00 por placas 9. De persona natural o jurídica exonerada a persona exonerada Requisitos: Mismos que el caso 8, incluyendo formulario RV-RE correspondiente, resolución de Finanzas y DUCA/DUA si aplica. Costo: L. 300.00 por traspaso + L. 500.00 por placas 10. De persona exonerada a institución pública (donación) Requisitos: Formulario RV-RE-02 (natural) o RV-RE-04 (jurídica), autenticado por notario o Secretario General. Resolución autorizante de la Dirección Nacional de Bienes del Estado. Resolución de Finanzas si aplica. DUCA o DUA si aplica. Boletín de pago si corresponde. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Cambio de placas opcional: L. 500.00 adicional. Costo: L. 300.00 por traspaso + L. 500.00 por placas Por herencias y donaciones 11. Traspaso por herencia, legado o donación Requisitos: Formulario correspondiente para donaciones, autenticado por notario; no aplica para herencias o legados. Certificación de sentencia de declaratoria de herederos o legatarios , emitida por el Juzgado competente. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Si los herederos desean traspasar el vehículo a uno de ellos o a terceros: Inscribir propiedad a nombre de los herederos. Suscribir el formulario de tradición de dominio correspondiente. Costo: L. 300.00 12. Por mandamiento judicial, arbitral o administrativo Requisitos: Mandamiento judicial, arbitral o administrativo. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Costo: L. 300.00 13. Por ejecución de garantía prendaria Requisitos: Formulario RV-RE-07 , original y copia. Instrumento público, sentencia judicial o laudo arbitral. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Costo: L. 300.00 14. Por ventas anuladas (persona natural o jurídica) Requisitos: Formulario RV-RE-05 , original y copia, firmado por dueño o representante legal. Recibo de pago IP-160 (L. 200.00) . Instrumento Público autorizado por notario donde conste la solicitud. Presentar original y fotocopia de identificación vigente. Costo: L. 300.00 + L. 200.00 por recibo ¿Dónde obtener los formularios para el traspaso de vehículo? Según informó el Instituto de la Propuedad (IP), todos los formularios para el traspado de vehículo están disponibles en el portal www.ip.gob.hn , sección Registro Vehicular, opción Formularios Preimpresos. Los documentos originales se devuelven al solicitante, y los pagos se realizan después de completar el trámite . Siga leyendo: AMDC extiende plazo para el pago de estos impuestos ¿Hasta qué fecha?