El Ministerio Público (MP) anunció este martes la activación de la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE) con el propósito de fortalecer la transparencia y legalidad en las elecciones primarias de marzo y las generales de noviembre de 2025.

Según un comunicado de la Fiscalía del Estado, la unidad contra delitos electorales operará bajo la dirección del fiscal general, Johel Antonio Zelaya Álvarez, y se enfocará en investigar y perseguir delitos relacionados con el proceso democrático.

Entre las conductas a perseguir se incluyen la compra de votos, coacción, falsificación de documentos electorales y alteración de resultados.

"Garantizaremos que quienes cometan actos ilícitos antes, durante y después del proceso electoral sean investigados y procesados conforme a la ley", señaló el comunicado oficial del MP.

Además, según el escrito, la unidad contra delitos electorales tendrá su sede principal en Tegucigalpa, pero contará con la presencia de fiscales especializados en todo el territorio nacional.

Al respecto, el MP informó que para facilitar la denuncia ciudadana habilitó el número telefónico 2221-8268 y el correo electrónico unidadespecialcontradelitosele@gmail.com.

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Principales delitos electorales y sus sanciones

La normativa hondureña, estipulada en la Ley Electoral de 2021, contempla diversas figuras delictivas en materia electoral, cuyas penas buscan disuadir irregularidades y proteger el derecho al sufragio.

Entre algunos delitos electorales que se contemplan en la ley, destacan:

  • Coacción y amenaza electoral

De acuerdo con el artículo 542 del Código Penal, quienes impidan a otros ejercer sus derechos electorales o interfieran en el funcionamiento de los organismos electorales enfrentarán penas de 4 a 6 años de prisión. Esto incluye actos como:

  • Obstaculizar actos legítimos de propaganda electoral.
  • Impedir la apertura de votaciones o alterar el desarrollo del proceso.
  • Falsificación de documentos electorales

Entretanto, el artículo 543 señala que la falsificación de documentos clave, como el Censo Nacional Electoral, papeletas de votación o credenciales del Tribunal Supremo Electoral, se castiga con 4 a 8 años de cárcel y una multa de 300 a 500 días.

Adicionalmente, los condenados perderán su ciudadanía por el tiempo que dure la pena.

  • Retardo e irregularidades en procesos electorales

El artículo 544 establece sanciones de 4 a 6 años de prisión para quienes retrasen injustificadamente la emisión de documentos electorales, alteren el censo o cometan irregularidades en las Juntas Receptoras de Votos.

Delitos cometidos por extranjeros

Por otro lado, la legislación hondureña también contempla penas para ciudadanos extranjeros que interfieran en procesos electorales.

Según el artículo 545, quienes obstaculicen la función electoral serán expulsados del país, mientras que el ejercicio ilegal del sufragio con identidad hondureña será sancionado con 10 años de cárcel y expulsión al finalizar la condena.

Destrucción de propaganda electoral

Finalmente, el artículo 547 penaliza con multas de 100 a 200 días a quienes destruyan intencionalmente propaganda electoral colocada en lugares públicos autorizados.