Una cámara de seguridad captó el momento en que un hombre armado intimidó a una joven madre y a su bebé frente a una pulpería en la colonia D’Antoni de La Ceiba, Atlántida, al norte de Honduras.

El video muestra a dos mujeres, una de ellas con su bebé en un coche, mientras realizaban compras en la pulpería.

De forma repentina, el sujeto llegó en motocicleta con un arma de fuego en la mano. Sin mostrar preocupación por la presencia del menor, apuntó directamente hacia ellas.

En un acto instintivo de protección, la madre movió rápidamente al bebé del lugar. Mientras intentaba ponerse a salvo, el agresor se percató y volvió a apuntarle.

El hombre, aparentemente alterado, continuó con la intimidación hacia la otra mujer, a la que despojó de algo que tenía en la mano, supuestamente dinero.

Sin embargo, la mujer a la que le quitaron el objeto de la mano intervino y persuadió al sujeto para que bajara el arma.

El hombre guardó el arma en su cintura, subió a la motocicleta y se retiró del lugar. Las mujeres también se alejaron del sitio. Afortunadamente, el incidente no dejó personas heridas.

¿Pleito de pareja?

Medios locales señalaron que el agresor sería la pareja sentimental de la joven madre, aunque será la investigación oficial la que confirme o descarte esta versión.

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Pena por amenazas en Honduras

El Código Penal de Honduras contempla sanciones claras para quienes intimidan a otros con causarles daño físico, emocional o patrimonial.

El Artículo 246, referente al delito de amenazas, establece penas que van desde uno hasta cuatro años de prisión, dependiendo de la gravedad del hecho y del medio utilizado para cometerlo.

El artículo señala que toda persona que amenace a otra con causarle daño a ella, a su familia o a personas cercanas, afectando su integridad, honor, intimidad o patrimonio, enfrentará las siguientes consecuencias:

  • Prisión de uno (1) a tres (3) años o prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas de 180 a 360 días, si la amenaza no es condicional.
  • Prisión de dos (2) a cuatro (4) años o prestación de servicios de utilidad pública o a las víctimas de 180 a 360 días, si la amenaza es condicional.
  • Además, si la amenaza se realiza por escrito, medios informáticos, audiovisuales o telemáticos, las penas establecidas se aumentan en un tercio.

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