Los beneficios derivados de los contratos colectivos de condiciones de trabajo perjudicado en las finanzas de las instituciones públicas, porque sobrepasan la línea de la racionalidad.

Los recursos han sido despilfarrados a manos llenas en el Instituto Nacional de Formación Profesional (Infop). Se estima que el convenio celebrado entre empleados y patronos ha tenido un impacto promedio entre 40 y 45 millones de lempiras en los dos o tres años pasados. Las cifras no han cambiado sustancialmente en la actual gestión.

Las cláusulas económicas y los beneficios sociales que se han derivado del contrato colectivo, han absorbido no menos del 70 por ciento del presupuesto del Infop.

Los dirigentes sindicalistas siempre han alegado que sus conquistas salariales son legítimas y justas, a la vez que han negado que el pago de su planilla sea la causa de la ruina financiera de la institución y de la decadencia de la formación de mano de obra.

Los empresarios, que representan el sector que aporta la mayor cantidad de recursos al INFOP, han responsabilizado a los funcionarios de haber convertido la dependencia en centro de contratación de activistas con altos salarios.

El Patronato Nacional de la Infancia (Pani), es otra de las instituciones que han quedado atrapadas entre los exagerados compromisos asumidos por las autoridades de turno con la dirigencia sindical.

El balance de dicha entidad no es positivo, pero las conquistas de los empleados son muy diversas y onerosas, en razón de un pliego de beneficios incluidos en el contrato colectivo.

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Reciben aumentos salariales entre ocho y diez por ciento. Los empleados también son premiados con una bonificación que es entregada en el primer trimestre de cada año y otro reconocimiento arriba del cien por ciento del sueldo para el personal nombrado.

El décimo tercer y décimo cuarto mes de salario es entregado con un monto adicional de entre cinco y 25 por ciento, además de la prestación de asistencia médica especializada, estudios, exámenes y hospitalización.

En una de las cláusulas del contrato, se establece que la reestructuración, creación o cancelación de puestos no será causa de despido. En estos casos procede su reubicación y reasignación de funciones.

Por otra parte, las vacaciones también son remuneradas en montos superiores a su salario regular y extendidas más allá de las escalas comprendidas en el Código de Trabajo

Los contratos colectivos se han consolidado, en la práctica, como instrumentos que permiten el despilfarro de fondos, la creación de grupos de empleados privilegiados y que mantienen atrapadas a las instituciones.

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