Esta medida entrará en vigencia a partir del 16 de octubre de 2023 y consiste en dividir los horarios de trabajo de los servidores públicos en dos turnos.

El 50 por ciento de las personas trabajará en un turno A, mientras que el otro 50 por ciento lo hará en un turno B.

TURNO A: 7:00 a. m. a 1:00 p. m.

TURNO B: 10:00 a. m. a 4:00 p. m.

El comunicado de la Secretaría de la Presidencia indica que las dos horas restantes de la jornada laboral deberán ser compensadas mediante teletrabajo, el cual será certificado en base al desempeño de los empleados.

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En ese sentido, los departamentos de Recursos Humanos de las instituciones gubernamentales deberán remitir a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia los planes de distribución de trabajo de horarios escalonados para su implementación.

Esta medida estará en vigor hasta el 31 de diciembre del año en curso.

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