A partir del 26 de abril de 2026, El Salvador aplicará prisión perpetua a menores de entre 12 y 18 años que sean hallados culpables de delitos graves como homicidio, feminicidio, violación o pertenencia a pandillas.
Según información de Infobae, la medida marca un giro radical en el sistema de justicia juvenil del país y rompe con el modelo tradicional de rehabilitación aplicado hasta ahora.
De acuerdo con el Diario Oficial salvadoreño, la reforma constitucional ya ratificada busca reforzar la respuesta del Estado frente a la criminalidad organizada y las estructuras pandilleriles.
En consecuencia, la prisión perpetua pasa a ser obligatoria en El Salvador para menores de edad en los delitos que ya contemplan esta pena para adultos, sin margen de discrecionalidad judicial.
Hasta antes de esta reforma, el sistema penal juvenil establecía límites de internamiento mucho menores.
Los adolescentes de 12 años podían recibir hasta 10 años de internamiento por delitos como homicidio, secuestro o violación, mientras que los mayores de 16 años enfrentaban penas de hasta 15 años.
En casos vinculados a terrorismo u organizaciones criminales, el máximo alcanzaba los 20 años.
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Revisión obligatoria tras 25 años
Por otro ladom uno de los elementos centrales del nuevo marco legal en El Salvador es la revisión obligatoria de la prisión perpetua para los menores.
Esta evaluación podrá realizarse una vez que el condenado haya cumplido 25 años de reclusión, lo que abre una primera posibilidad de análisis sobre su eventual liberación.
A diferencia de la cadena perpetua absoluta aplicada a adultos, este mecanismo introduce una revisión mínima obligatoria, aunque mantiene el carácter indefinido de la condena durante las primeras décadas.
Cambios en leyes penales y régimen de internamiento
Conforme a lo que detalló Infobae, la entrada en vigor de la reforma modifica de forma estructural la Ley Penal Juvenil, el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo y la normativa contra el crimen organizado.
Además, los delitos como extorsión, secuestro y robo agravado —cuando no estén catalogados como perpetuos— mantendrán un máximo de 15 años de internamiento para menores.
También se restringe el régimen de libertad controlada, que solo se aplicará bajo condiciones estrictas tras el cumplimiento del mínimo establecido.
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Juicios especializados y centros penitenciarios de adultos
Mientras tanto, la reforma excluye a los menores procesados por crimen organizado del alcance de la justicia juvenil tradicional.
En estos casos, los adolescentes podrán ser juzgados en Tribunales Especializados en Crimen Organizado, lo que habilita procesos masivos contra presuntos integrantes de pandillas y maras.
Estos procedimientos podrán extenderse hasta 24 meses, con una prórroga adicional de 12 meses.
Durante ese tiempo, los adolescentes cumplirán sus medidas en centros penitenciarios de adultos, aunque separados por edad, según contempla la normativa vigente.
Endurecimiento en la legislación antiterrorista
Finalmente, la reforma también amplía la definición de organización terrorista.
Cualquier grupo con estructura jerárquica que utilice métodos violentos o inhumanos para generar terror o vulnerar derechos fundamentales podrá ser catalogado como tal.
Las penas por pertenencia a estas organizaciones aumentan a entre 20 y 30 años de prisión. Para líderes u organizadores, las condenas se elevan entre 40 y 60 años.
En el caso de cómplices, las sanciones se ajustan desde la mitad hasta 25 años, aunque el texto legal establece que “en ningún caso la pena a imponer al cómplice será perpetua”.
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