El Ministerio Público logró en audiencia inicial un auto de formal procesamiento con prisión preventiva contra un guardia de seguridad acusado del delito de homicidio en perjuicio de un menor de 14 años, identificado como Hong Zhixuan.

La audiencia preliminar quedó agendada para el próximo 16 de mayo de 2026, en la que se determinará si el caso avanza a juicio oral y público.

¿Cómo se suscitaron los hechos?

El crimen ocurrió el pasado 25 de abril en una tienda ubicada en la colonia 21 de Febrero, en Tegucigalpa. De acuerdo con el requerimiento fiscal, el menor ingresó al establecimiento a las 8:40 de la mañana en compañía de su padre y la gerente del local, mientras dos clientes realizaban compras.

Según la relación de hechos, una hora después llegó el imputado, quien se dirigió a un locker y sacó un arma tipo escopeta. En ese momento, la víctima le preguntó su nombre, ya que el sospechoso apenas tenía dos días de haber sido asignado a la tienda.

Acto seguido, el guardia se acercó al área de caja donde se encontraba el menor y, sin mediar palabra, disparó contra su humanidad, causándole la muerte de manera inmediata.

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Tras el ataque, el acusado intentó huir del lugar; sin embargo, las personas que se encontraban en el establecimiento lograron reducirlo. Testigos lo ataron de manos y pies antes de entregarlo a agentes policiales.

Imagen de cuerpo de nota
Guardia enfrenta la justicia por matar a menor chino.

Pena por asesinato

De acuerdo con el Código Penal vigente, el delito de asesinato, establecido en el artículo 193, castiga a quien da muerte a una persona con alevosía o ensañamiento con penas de entre 20 y 25 años de prisión.

En casos donde exista precio, recompensa o promesa remuneratoria, la pena puede aumentar de 25 a 30 años.

El caso ha generado consternación por la violencia del hecho y la edad de la víctima, mientras las autoridades continúan con el proceso judicial correspondiente.

¿Qué es la audiencia preliminar y por qué es importante?

La audiencia preliminar en Honduras está regulada desde el artículo 300 al 303 del Código Procesal Penal.

Precisamente, el artículo 302 señala que "dentro de los tres (3) días siguientes a la celebración de la audiencia preliminar, el juez dictará el auto de apertura a juicio".

La audiencia preliminar funciona esencialmente como un filtro de justicia que impide que procesos sin fundamento lleguen a la etapa de juicio.

Su importancia principal reside en el control de la acusación, ya que obliga al Ministerio Público a demostrar que tiene pruebas suficientes para sostener los cargos, protegiendo así al ciudadano de juicios arbitrarios.

Al mismo tiempo, este acto permite que el juez delimite los hechos y la calificación del delito, asegurando que el debate posterior sea ordenado y preciso.

Finalmente, representa un espacio clave para la economía procesal, pues facilita la aplicación de salidas alternas o procedimientos abreviados que resuelven el conflicto de forma rápida sin necesidad de agotar todas las instancias legales.

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