Un juez modificó las medidas cautelares impuestas a Iván Velásquez, exgerente de Koriun Inversiones, tras una audiencia de revisión celebrada ante un juzgado con competencia en criminalidad organizada, medioambiente y corrupción.
Según información de noticiero Hoy Mismo, de TSi, la decisión judicial sustituyó la prisión preventiva por un paquete de restricciones menos gravosas, luego de valorar la solicitud presentada por la defensa del imputado.
Durante la audiencia, la defensa de Iván Velásquez, exgerente de Koriun Inversiones, expuso una caución a favor del Estado, estructurada en dos partes: un aporte monetario depositado en cuentas oficiales y un bien inmueble que será registrado a nombre del Estado.
Según explicó el portavoz del Poder Judicial, el abogado Carlos Silva, la petición fue analizada por el juez competente.
“Este día la defensa del señor Iván Abad Velázquez Castro solicitó una audiencia de revisión de medidas”, detalló Silva al relatar el desarrollo del proceso judicial, destacando que la solicitud se presentó ante el Juzgado de Letras especializado en criminalidad organizada.
Decisión judicial y nuevas medidas
Tras escuchar los argumentos de las partes, el juez resolvió modificar la prisión preventiva y dictó medidas sustitutivas basadas en el artículo 173 del Código Procesal Penal, en sus numerales del 5 al 10.
De tal manera, la resolución establece un conjunto de obligaciones y prohibiciones estrictas para el imputado.
Estos reza:
Artículo 173. Medidas cautelares aplicables. El órgano jurisdiccional, concurriendo los presupuestos legitimadores, podrá adoptar, por auto motivado, una o más de las medidas cautelares siguientes:
5) Someter al imputado al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informe periódicamente al juez;
6) Obligar al imputado a presentarse periódicamente ante un determinado juez o autoridad que éste designe;
7) Prohibirle al imputado salir del país, del lugar de su residencia o del ámbito territorial que el órgano jurisdiccional determine;
8) Prohibirle al imputado concurrir a determinadas reuniones o a determinados lugares;
9) Prohibirle al imputado comunicarse con personas determinadas, siempre que con ello no se afecte el derecho de defensa;
10) La constitución a favor del Estado por el propio imputado o por otra persona, de cualquiera de las garantías siguientes: Depósito de dinero o valores, hipoteca, prenda o fianza personal.
Relacionado: Así operaba Iván Velásquez antes de ser implicado en caso Koriun, ¿qué ofrecía?
Caución aceptada por el tribunal
El juzgado también aceptó la caución presentada por la defensa, que incluye un componente económico y un bien inmueble, ambos destinados a garantizar el cumplimiento de las medidas y quedar bajo registro a favor del Estado.
“Luego de escuchar la petición del equipo de defensa, el juez declaró con lugar el cambio de medida de prisión preventiva por medidas distintas”, explicó el portavoz judicial, al confirmar la resolución adoptada.
Con esta decisión, el proceso contra Iván Velásquez continúa su curso bajo nuevas condiciones de restricción, mientras el caso sigue bajo investigación en el sistema de justicia especializado.
Caso Koriun
El caso de Koriun Inversiones ha seguido generando atención en Honduras tras el cierre de sus operaciones, una situación que dejó a múltiples socios a la espera de respuestas sobre el manejo de los recursos invertidos.
A partir de 2025, varios socios han intensificado sus exigencias para la devolución de fondos y una aclaración formal sobre el funcionamiento de la empresa.
Las reclamaciones se han mantenido en el marco legal, mientras las autoridades continúan con las investigaciones vinculadas al caso.
Siga leyendo: ¿Cuándo habrá más lluvias por vaguada sobre Honduras? Esto informa Copeco

