Jorge Aldana, alcalde del Distrito Central, quien busca la reeleción por el Partido Libertad y Refundación (Libre), afirmó este viernes por la noche que denunciará a los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) ante el Ministerio Público (MP) tras que se rechazaron sus impugnaciones a los resultados electorales municipales. Y es que el alcalde capitalino catalogó como ilegal la resolución del TJE que declaró inadmisibles los recursos de impugnación que presentó para que se revisaran 435 actas al nivel municipal, con las que -sostuvo- gana nuevamente la alcaldía capitalina. Al resécto, Jorge Aldana, calificó como ilegal, nula y carente de validez jurídica la resolución del TJE que rechazó sus impugnaciones relacionadas con el proceso electoral en la capital, y advirtió que no hay transición si no se suman las 435 actas que, según denunció, permanecen sin contabilizar. Durante una comparecencia pública, Aldana sostuvo que la resolución del TJE adolece de vicios graves, entre ellos la falta de quórum legal, una integración irregular del pleno y la violación del debido proceso, lo que, a su juicio, invalida cualquier efecto jurídico del fallo. En ese contexto, aseguró que el tribunal resolvió con solo dos magistrados, sin cumplir los requisitos establecidos en la ley electoral. Cuestionamientos a la legalidad del fallo El edil capitalino afirmó que la actuación del TJE constituye una nulidad absoluta e insanable, ya que —según explicó— se integró de manera indebida a una magistrada suplente pese a que el magistrado propietario se encontraba presente en las instalaciones del tribunal. Además, señaló supuestas presiones internas durante la sesión, lo que, dijo, agrava la falta de legitimidad de la resolución. Jorge Aldana también denunció que el propio Consejo Nacional Electoral (CNE) reconoció, en su declaratoria oficial, que 435 actas del Distrito Central no pudieron ser sumadas por no existir certeza matemática, estadística ni jurídica, por lo que debían ser revisadas en otra instancia. En ese sentido, insistió en que el TJE estaba obligado a ordenar el conteo de esos votos. Relacionado: 'No tiene ni pies ni cabeza': Osman Aguilar, tras rechazo a recursos de Jorge Aldana 'No hay transición sin contar las 435 actas' En su pronunciamiento, Jorge Aldana fue enfático al advertir que no reconocerá ningún resultado que excluya más de 100,000 votos correspondientes a esas actas. No hay transición si no se suman las 435 actas. Llevar esos votos a cero es ilegal y violenta la voluntad popular , subrayó el edil capitalino durante su comparecencia de prensa. Asimismo, afirmó que desconocer ese caudal electoral afecta directamente a miles de capitalinos y sienta un precedente negativo para la democracia local. Acciones legales anunciadas Por otro lado, como parte de las medidas anunciadas, Aldana informó que presentará una denuncia criminal ante el Ministerio Público (MP) contra los magistrados del TJE que participaron en la resolución, al considerar que incurrieron en presuntos delitos electorales. Asimismo, adelantó que interpondrá un recurso de amparo ante la Corte Suprema de Justicia y que acudirá a instancias internacionales para denunciar el caso. Finalmente, reiteró que su postura no se basa en ganar o perder una elección, sino en defender la legalidad y el respeto al voto, y aseguró que aceptará cualquier resultado que derive de un conteo completo y transparente de las actas pendientes. Relacionado: TJE declara inadmisibles recursos presentados por alcalde Jorge Aldana ¿Por qué se rechazaron las impugnaciones? El TJE rechazó las impugnaciones presentadas por el alcalde del Distrito Central, Jorge Aldana, al concluir que carecían de congruencia entre la vía administrativa y la jurisdiccional, no acreditaban un estado de indefensión y no delimitaban con precisión el agravio alegado, según explicó el magistrado presidente, Mario Flores Urrutia. Mediante conferencia de prensa, el órgano jurisdiccional sostuvo que Aldana tuvo conocimiento formal de la admisión de su acción ante el CNE, pero no realizó gestiones oportunas para impulsar una resolución. Por lo anterior, determinó que no puede alegarse indefensión cuando el propio recurrente contribuye a la inactividad mediante conductas omisivas. Además, el TJE señaló una alteración sustancial del objeto del reclamo, al pasar de solicitar la revisión de 987 actas en sede administrativa a pedir la revocatoria de la declaratoria y el recuento de 435 actas en la vía jurisdiccional, una variación que —según el Tribunal— impidió identificar con certeza el núcleo del agravio y cerró la puerta a un análisis de fondo. Siga leyendo: Dan a conocer quién sería testigo clave en juicio contra Nicolás Maduro