El Instituto de la Propiedad (IP) estableció de forma precisa los seis procedimientos vigentes para la reposición y cambio de placas vehiculares en Honduras, entre los que distingue dos trámites por reposición y cuatro por cambio, cada uno con requisitos específicos que deben cumplir tanto personas naturales como jurídicas.
Según el portal oficial www.ip.gob.hn, “el Formulario de Solicitudes Vehiculares RV-RE-05 debe presentarse en original y copia, debidamente llenado y firmado por el propietario o su representante legal”, documento que constituye la base obligatoria en todos los casos de reposición y cambio de placas.
Reposición de placas
- 1. Reposición por robo o extravío
Para quienes reportan hurto o pérdida de placas, el IP exige:
Asimismo, si la pérdida corresponde únicamente a una placa, el propietario debe entregar los demás componentes del kit. Los documentos deben presentarse en original y fotocopia; el original se devuelve tras la verificación.
El costo del trámite asciende a 500.00 lempiras, pagaderos en cualquier agencia bancaria después de efectuar la gestión en el Registro Vehicular.

- 2. Reposición por deterioro
Cuando las placas presentan daños físicos, el solicitante debe:
Si solo una placa está deteriorada, el interesado debe entregar el resto del kit. El valor del trámite también es de 500.00 lempiras.

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Cambio de placas
- 3. Cambio de particular a transporte público
Cuando un vehículo particular pasa a prestar servicio de transporte público de personas o carga, el IP solicita:
El costo de este trámite también es de 500.00 lempiras.

- 4. Cambio de transporte público a particular
En el proceso inverso, los requisitos son:
También se debe cancelar 500.00 lempiras tras realizar el trámite.

- 5. Cambio de nomenclatura de placas especiales
Por otro lado, para organismos internacionales, embajadas, oficinas consulares o cuerpo diplomático, el IP requiere:
La entidad subrayó que “para cualquier transacción se deberá acompañar el recibo que acredite el pago de las tasas”, salvo exoneraciones legales.

- 6. Cambio de exonerado a particular
Cuando un vehículo exonerado de tributos pasa a condición particular, el propietario debe presentar:
El pago correspondiente es de 500.00 lempiras.

Atención especial a la documentación
En todos los procedimientos de reposición y cambio de placas, el IP recalca que los documentos deben presentarse en original y copia, y que el pago se realiza posteriormente en el sistema bancario autorizado.
Con estos lineamientos, la institución busca asegurar control administrativo, trazabilidad vehicular y transparencia en la emisión y sustitución de placas en Honduras.
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