Hay, sin embargo, varios hondureños que se verán obligados a laborar durante los días festivos de la Semana Santa algunos por necesidades económicas y otros por exigencias propias de su trabajo.

Los empleados de restaurantes, tiendas, bares, hoteles, transporte y seguridad, por obvias razones, son algunos de los hondureños que no pueden despojarse de sus labores y, en algunos casos, más bien deben intensificarlas.

A estos empleados los protege el artículo 340 del Código del Trabajo, que establece que, si en virtud de un convenio, "el empleado trabajare durante los días de descanso o los días feriados o feriado nacional", deberá existir un recargo.

Dicha compensación, indica la normativa, deberá ser del duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria en proporción al tiempo trabajado.

¿Cómo calcular el recargo?

Para calcular cuánto le corresponde por trabajar en Semana Santa, debe hacer lo siguiente.

  1. Anotar su salario mensual.
  2. Calcular a cuánto equivale una hora de su trabajo, dividiendo su salario entre el número de días que trabaja en el mes.
  3. Dividir esa cifra entre el número de horas que tiene su jornada laboral diaria.
  4. Multiplicar el valor de su hora de trabajo por dos.

VEA: Siga estos consejos para evitar que clonen su tarjeta de crédito y débito