La audiencia prevista para este martes contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona, quedó suspendida luego de que la defensa presentara una recusación contra la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rebeca Ráquel Obando.

Al respecto, el portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte, confirmó que este recurso imposibilitó la realización del acto procesal y obligó a trasladar el expediente al pleno de magistrados para su análisis.

Según la información oficial, el procedimiento quedó paralizado en cuanto se admitió la presentación de la recusación.

Ahora, el pleno de la CSJ deberá determinar si los argumentos tienen fundamento y, posteriormente, designar un nuevo juez natural para continuar con el proceso penal contra los magistrados del TJE, altos funcionarios electorales.

Sobre la recusación contra Rebeca Ráquel Obando

De acuerdo con la recusación presentada por la defensa de los magistrados del TJE, se sostuvo que podría existir un conflicto de interés por parte de la magistrada presidenta, alegando supuestos vínculos con el oficialismo y una presunta amistad con la presidenta de la República.

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No obstante, Rebeca Ráquel Obando rechazó tales afirmaciones y aseguró que nunca ha ocupado cargos dentro de Libertad y Refundación (Libre) ni ha participado en actividades partidarias.

Aun así, decidió otorgar trámite a la recusación para que el pleno, como establece la normativa interna, determine su procedencia.

Especialistas explican el procedimiento aplicable

Sobre ese particular, el experto en derecho penal y constitucional, Félix Ávila, explicó a noticiero Hoy Mismo, de TSi, que, en casos contra altos funcionarios del Estado, la ley exige que un magistrado de la Corte Suprema actúe como juez de letras natural.

Además, una Corte de Apelaciones integrada por tres magistrados del mismo tribunal debe resolver las incidencias de segunda instancia, como recusaciones, incidentes y apelaciones.

De tal modo, si el proceso avanzara a juicio oral y público, también se tendría que designar un tribunal de sentencia especial compuesto por tres magistrados adicionales.

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Ávila detalló que el Código Procesal Penal establece que estas designaciones deben hacerse “del seno” de la Corte, es decir, entre los 15 magistrados.

Aunque cada administración judicial define sus mecanismos internos, señaló que en el pasado estas decisiones se tomaban mediante plenos administrativos.

Sin embargo, agregó que actualmente existe un acuerdo general por el cual las designaciones se realizan por orden de precedencia, a través de un sistema de rondas.

Si el pleno ratifica ese mecanismo, lo aplicará al momento de definir la Corte de Apelaciones natural que evaluará la recusación presentada por la defensa de los dos magistrados del TJE.

Requerimiento fiscal sostiene acusaciones de prevaricato

El Poder Judicial ya había confirmado días atrás la admisión del requerimiento fiscal contra los magistrados del TJE, Barahona y Flores Urrutia, señalados como presuntos responsables de prevaricato judicial.

Así las cosas, el Juzgado de Letras Natural los citó a comparecer este martes 18 de noviembre de 2025, a las 2:00 p. m., para celebrar la audiencia de declaración de imputado, pero suspendió el acto.

Las cédulas de citación, emitidas el 13 de noviembre y firmadas por el secretario designado, Wily Alexander Medina Pérez, advierten que, en caso de inasistencia, se podrían librar órdenes de captura.

El requerimiento presentado el 10 de noviembre señala resoluciones contrarias a la ley, como la supuesta aceptación irregular de una recusación sin quórum y la orden de inscripción de Jorge Cálix y Cristhian Villalobos como candidatos.

Por su parte, el Ministerio Público argumentó que las decisiones emitidas el 27 y 28 de octubre fueron arbitrarias y violaron la Ley Orgánica y Procesal Electoral, al no respetarse la integración legal del pleno del TJE.

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